La Constitución Política de la Republica en su artículo 19 número 13 garantiza a todos los ciudadanos el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas.
Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público, se regirán por las disposiciones generales de policía.
Atendiendo a estas disposiciones se han efectuado manifestaciones pacíficas, pero estas han sido perturbadas por individuos cobardes que amparándose en el ocultamiento de sus rostros mediante pasamontañas, pañuelos y otros objetos, se han dedicado al vandalismo, destruyendo y quemando autos particulares, vehículos de la locomoción colectiva, incendiando las puertas de la iglesia de la Gratitud Nacional e incluso agrediendo físicamente a los propios manifestantes. Como si fuera poco se han dedicado al robo, saquear y destruir locales comerciales, rayando muros de la propiedad pública y privada, atacado a edificios particulares.
A Carabineros los han golpeado, les han tirado bombas incendiarias y atacado los carros lanza agua e incluso los han quemado con tripulación y todo, debiendo ellos abandonar el vehículo e incluso han intentado atacar una Comisaria.
Todos estos desmanes han ocasionado inquietud en la población, toda vez que estos han ido aumentando a través de los tres últimos meses.
Si las autoridades legislativas, (senadores y diputados) se pusieran de acuerdo en su totalidad para adoptar las medidas legales tendientes a limitar a fondo que los sujetos encapuchados puedan seguir con sus desmanes, como ser que se les aplique sanciones desde 61 días a 541 días de cárcel y -o una multa de 4UTM o 6000 horas de trabajo en beneficio de la comunidad, reparando y pintando los daños ocasionados. A los menores de edad como son inimputables, sus padres son los responsables, entonces ellos tendrían que pagar una multa en beneficio fiscal de 2 a 5 UTM en el evento que no pudieren hacerlo, entonces los muchachos debieran pagar los daños con 3000 horas de trabajo en beneficio de la comunidad (aproximadamente durante tres meses) y todo lo que gasten será de su propio pecunia.
Naturalmente, que si tal medida no se adoptara en forma rápida y eficiente daría pábulo para que la ciudadanía pensara que esto no les interesa a quienes hacen las leyes y entonces los maleantes se encontrarían autorizados para continuar con estos desmanes, los que llegarían a tal punto que fuere imposible controlarlos.
La forma establecida en el número 14 del artículo 19 de las Garantías constitucionales establece que “el derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes”.
Si todos los ciudadanos se dirigieran al senado, mediante un correo a Senador virtual haciéndoles ver la necesidad imperiosa de solucionar este problema, creo que se podría lograr que esa ley saliera rápido, pero todo depende de cómo se hagan esas sugerencias.
Como base adjunto un proyecto que propuso el senador Don Francisco Chahuán:
Senador Chahuán reimpulsará proyecto que tipifica como delito participación de encapuchados en manifestaciones públicas
La iniciativa agrega al artículo 269º del Código Penal un inciso que establece penas de reclusión menor en su grado mínimo para quienes participen ocultando expresamente su identidad en alguna manifestación o acto público.
El senador Francisco Chahuán anunció que reimpulsará el proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objeto de tipificar el delito de participación en manifestaciones o actos públicos ocultando la identidad mediante capuchas, embozo, pasamontañas u otro medio semejante, luego que la iniciativa que presentara en la Cámara de Diputados en 2006 fuera archivada por la Comisión de Constitución de dicha Corporación.
El legislador recordó que el artículo 19º Nº 13 de la Constitución asegura a todas las personas el derecho a reunirse pacíficamente, sin permiso previo y sin armas, estableciendo que para el caso de reuniones en plazas, calles y demás lugares de uso público, rigen las disposiciones generales de policía.
No obstante, agregó que "si bien el derecho a reunión está consagrado en la Carta Fundamental, para ser ejercido debe cumplir con ciertos requisitos generales y otros específicos, en el caso de reuniones en lugares de uso público".
Precisó que "entre los requisitos generales se cuenta que la reunión sea pacífica, sin desórdenes, discordias ni armas, lo que pretende en su origen garantizar el derecho esencial e intrínseco de la naturaleza social de la persona a reunirse y que su ejercicio se realice sin obstaculizar el goce y ejercicio de los demás derechos consagrados en la Carta Fundamental".
El legislador lamentó que "no sólo ahora, sino hace años, ocurre que personas se suman a manifestaciones premunidas de pañuelos, gorros, pasamontañas o algún otro tipo de elemento con que cubren su rostro no sólo para evitar ser identificados a través de medios visuales o audiovisuales, sino que también para actuar o cooperar en desmanes sin que luego se les pueda sancionar por ellos".
Con el objeto de evitar dichas situaciones, el senador dijo que es necesario tipificar el delito de participar en alguna manifestación o acto público embozado o encapuchado, que será sancionado con una pena igual a la establecida para quienes turbaren gravemente la tranquilidad pública para causar injuria u otro mal a alguna persona particular no con cualquier otro fin reprobado, lo que equivale a reclusión menor en su grado mínimo, es decir, de 61 días a 540 días.
Precisó que se entiende por "embozado", la acción de "cubrir el rostro por la parte inferior hasta las narices o los ojos", y subrayó que la iniciativa "no trata de limitar el derecho de reunión ni el de expresión en ninguna de sus dimensiones, sino que de reafirmar la exigencia constitucional de la reunión de personas se realice en forma pacífica y el hecho de que sus participantes lo hagan con el rostro cubierto no colabora en ello, sino que por el contrario, alienta la comisión de desórdenes y desmanes, en el amparo del anonimato y la impunidad".
Al margen
Al margen de lo expuesto precedentemente, y, a la vista de los nuevos hechos de vandalismo acaecidos HOY 6de octubre de 2011,y que es de todos conocidos, causando la INDIGNACION e IMPOTENCIA de las personas que fueron afectadas con el asalto a sus bienes, tanto en locales comerciales, como a sus casas, bienes, e incluso con bombas molotov a Carabineros, han dejado en la más absoluta indefensión de los ciudadanos honrados, considero que esto ya no merece mayores análisis y por ende DEBE SER IMPERATIVO que el CONGRESO SE PONGA LAS PILAS y proceda a dictar la ley pertinente.
El hecho de no darle la importancia que los citados hechos ameritan significara que los resultados de opinión pública sobre quienes están encargados de legislar, se verán incrementados negativamente y en consecuencia también el desprestigio de la política.
Por mi parte, como ciudadano comparto en su totalidad la INDIGNACION, E INDEFENSION de quienes han sido afectados por tan luctuosos hechos y de consiguiente, no solo pido, sino que exijo que a esto se le dé un corte definitivo sin más trámite.
Se debe terminar con esta vorágine de violencia inusitada ya que en caso contrario se creara una espiral que será imposible de detener con las graves consecuencias que ello implica.
















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