La violencia contra las mujeres como violacion de los DD.HH.

Enviado por ligia el 12/06/2009 a las 14:57
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La violencia contra las mujeres como violación de los Derechos Humanos

El término “violencia” es un término polivalente.  Tiene diferentes significados que dependen del ámbito en donde se utilice.  En las Américas y el Caribe es muy común usar el término “violencia política” para dar cuenta de mal o deficiente funcionamiento del sistema democrático o de los partidos políticos.  El término también se usa para dar cuenta de situaciones en donde se produce el uso de la fuerza armada por parte de particulares o entre grupos armados.  Incluso a veces se usa el término violencia para referirse a los actos de delincuencia común.   Pero el término no es solo polivalente sino “sobre-significado”, en la medida en que existen diferentes tipos de violencia, ejercida por diferentes actores en múltiples y variados contextos.


La declaración de que los derechos de las mujeres son derechos humanos y la introducción de la categoría género como una categoría de análisis  son logros relevantes de nuestros tiempos.  A nivel académico, se han producido nuevas corrientes de análisis del fenómeno del derecho y  a nivel legal la convención contra la discriminación y la declaración contra la violencia ejercida contra las mujeres por el hecho de ser tales.

La   violencia contra las mujeres se encuentra anclada en las construcciones de poder que ordenan las relaciones sociales entre mujeres y hombres, las que asociadas a las diferencias biológicas entre los sexos, naturalizan roles y funciones, posiciones y jerarquías sociales asignados según la condición genérica.

El continuo de violencia contra las mujeres tanto en tiempo de guerra (violaciones masivas, secuestros, esclavitud sexual) como de paz (compañeros esposos que inflingen daño físico, sexual  psicológico)

La violencia contra las mujeres comparte los elementos de una tortura ) dolor y sufrimiento físico o mental severos; 2) inflingidos en forma intencional; 3) para propósitos específicos como castigar, intimidar a la víctima o otro motivo basado en la discriminación de cualquier tipo; 4) con alguna forma de participación oficial ya sea activa o pasiva

Según la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer[1],   violencia contra las mujeres es: “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública como privada.

Esta definición abarca, de manera amplia "la violencia física, sexual y psicológica en la familia, incluidos los golpes, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital y otras prácticas tradicionales que atentan contra la mujer, la violencia ejercida por personas distintas del marido y la violencia relacionada con la explotación; la violencia física, sexual y psicológica al nivel de la comunidad en general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el hostigamiento y la intimidación sexual en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros ámbitos, el tráfico de mujeres y la prostitución forzada; y la violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra.

Por su parte, la Recomendación General de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) [2] No. 19:  "La violencia  contra la mujer "  establece la relación  entre  violencia y discriminación, al determinar  la violencia basada en el sexo, es decir, la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer, o que le afecta en forma desproporcionada, como otra forma de discriminación. Incluye actos que  infligen daño  o sufrimientos de índole física, metal o sexual, amenazas de  cometer esos actos, coacción y otras formas de privación de libertad, pero también puede ser causa de muerte[3].

 La Convención Interamericana para Prevenir, Castigar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Para), afirma que: “La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades”.  Define a la violencia contra la mujer como: “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.

 Agrega que debe entenderse que la violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual o psicológica:

•        Que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual;

•        Que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y;

•      Que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra".

•        La violencia contra las mujeres es una violación a los derechos humanos porque afecta  gravemente una serie de derechos y libertades fundamentales:  el derecho a la vida, el derecho a no ser sometido a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes, el derecho a la protección en condiciones de igualdad, el derecho a la libertad y a la seguridad personales, el derecho a la igualdad ante la ley, el derecho a la igualdad en la familia, el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental

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